En este sorteo de Loterías todos los premios están exentos de impuestos hasta los 2.500 euros. A partir de ahí, Hacienda se queda el 20% del restante. Es una normativa que se aplica desde 2013. Así, en el caso del Gordo de Navidad, un premio que da 400.000 euros al décimo, 2.500 euros quedan libres de impuestos. El 20% se calcula sobre los 397.500 restantes. Hacienda se llevaría 79.500 euros.

Esta retención del 20% se produce en el mismo momento de percibir el premio, y esa es toda la tributación. De ese modo, no es necesario declararlo en ningún sitio a efectos del impuesto sobre la renta. Para cobrar premios de más de 2.500 euros, los beneficiarios deben acudir con su décimo a las entidades financieras habilitadas. Si el premio es menor, se puede cobrar en cualquier punto de venta autorizado.

Otro de los aspectos a considerar es que, si un décimo ha sido comprado entre varios, se deberá demostrar. Si no se puede probar, la repartición del dinero se considerará una donación, que tributa en el Impuesto sobre Donaciones en función de la normativa de la comunidad autónoma de residencia del que recibe esa donación.

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