Desde esta pasada medianoche la Comunidad Autónoma de Extremadura se encuentra abierta de forma perimetral, por lo que los ciudadanos pueden entrar y salir de ella sin ningún tipo de limitación, según publicaba ayer el Diario Oficial de Extremadura.

A su vez, el horario de limitación de la movilidad nocturna, más conocido como el ‘toque de queda’, se retrasa una hora, de las once a las doce de la noche, tanto este viernes como este sábado, que quedará sin efecto también este domingo, cuando a las doce de la noche, expire el Estado de Alarma en todo el país.

Según se recoge en el DOE, toda la región en su conjunto se encuentra en un nivel de alerta 1, por lo que existen «razones epidemiológicas para justificar el retraso» del toque de queda hasta que decaiga la norma que ampara el actual estado de alarma, y señala que «no se considera necesario el mantenimiento de esta medida una vez finalizado el estado de alarma».

En cualquier caso, en ambos decretos se apunta que la eliminación del toque de queda y del cierre perimetral de la comunidad se decide «sin perjuicio de la adopción de las medidas que se estimen pertinentes en función de la evolución epidemiológica de la situación de la región», teniendo en cuenta las tendencias que se observen en los próximos días y semanas por la Red de vigilancia epidemiológica de Extremadura.

El ‘Semáforo Covid’ comenzará a funcionar este domingo

Una vez expirado el Estado de Alarma, el Consejo de Gobierno regional, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, aprobaba el pasado miércoles una resolución para la aplicación del ‘Semáforo Covid’ que establece en distintos niveles de alerta sanitaria, las medidas generales de prevención e intervención administrativas en materia de salud pública ante la Covid-19.

Ese semáforo establece un total de cinco niveles, el de nueva normalidad, y de alerta del 1 al 4, a partir de los cuales, señala los límite de aforod en las diversas actividades a desarrollar en función de distintos parámetros, la incidencia, la trazabilidad de los casos, la positividad de las pruebas diagnósticas, la ocupación hospitalaria y ocupación de las UCI.

Según informó la consejería, la evaluación de riesgo considerará las características específicas del ámbito territorial sujeto a evaluación, que podrá ser la comunidad autónoma, la provincia, la comarca, el municipio o la zona de salud y tendrá en cuenta, según recoge esta resolución, «los indicadores de riesgo relativos a la situación epidemiológica, la capacidad asistencial y la capacidad de salud pública, las características y vulnerabilidad de la población susceptible expuesta y la posibilidad de adoptar medidas de prevención y control».

Será el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su condición de autoridad sanitaria, el que declarará el nivel de alerta correspondiente o la fase de «nueva normalidad» en función del riesgo determinado para el territorio, que serán sometidas siempre a la autorización o ratificación judicial.

Si debido a la evolución de la epidemia, se cambia de nivel de riesgo, las medidas permitidas y los aforos de esas variarán para relajarse, en caso de bajar al nivel 0, o en endurecerse, para aplicar las del nivel 2, 3 y 4.

El decreto publicado en el DOE establece ya las limitaciones y ampliaciones de aforos en la comunidad, que al estar en nivel de alerta 1 y en función de su clasificación de riesgo, son las siguientes:

Actividades de riesgo ALTO:

  • Velatorios, entierros y ceremonias fúnebres: 50% de aforo
  • Lugares de culto cerrados: 50% de aforo
  • Bodas, Comuniones y Bautizos: 50% sin límite de personas que permita el local del aforo
  • Centros recreativos de mayores y jóvenes: 75% de aforo
  • Establecimientos de hostelería y restauración en interiores: Se prohíbe el consumo en barra. 50% de aforo y mesas de 6 personas.
  • Gimnasios y similares: 75% y Grupos de 10 personas.

Actividades de riesgo MEDIO:

  • Establecimientos de hostelería y restauración en exteriores: 85% y mesas de 10 en las que deberá mantenerse la distancia de seguridad de, al menos, 2 metros entre las diferentes mesas o agrupaciones de mesas.
  • Actividad física y deportiva no profesional: 75%
  • Congresos y Eventos: 75%
  • Academias: 75%
  • Exámenes: 50%
  • Locales comerciales: 75%
  • Hoteles y alojamientos turísticos: 75% y hasta 20 personas en grupo.
  • Mercadillos: 75%
  • Piscinas: 75%
  • Cines y Teatros: 75%
  • Bibliotecas y Monumentos: No tendrán restricciones

Actividades de riesgo BAJO:

  • Parques y zonas de esparcimientos: 100%
  • Actividad física individual al aire libre: sin restricción
  • Fiestas y verbenas al aire libre: 75% (valorando con el sector)

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