Cada cierto tiempo nos sobresaltan informaciones sobre “timos” de presuntos técnicos que vienen a cambiar las gomas o las rejillas de ciertos usuarios incautos. En relación con las revisiones periódicas de instalaciones de gas butano, en la OMIC de Guareña se reciben anualmente numerosas consultas y reclamaciones sobre la prestación de este servicio.

Existe la falsa creencia de que si no se deja entrar en el domicilio al revisor del gas, no nos van a vender más bombonas, ó que como vienen cada mucho tiempo, hay que aprovechar que vienen por las casas. Hay que desmentir esta creencia y cuando detectemos alguna irregularidad en nuestra instalación o cuando nos toque la revisión periódica obligatoria (cada 5 años), existe la posibilidad de contratar con cualquier instalador autorizado que consideremos oportuno. Por ello, desde la OMIC de Guareña, les informamos como usuarios que:

1º- El titular o usuario de la instalación de gas, es el responsable de la conservación y buen uso de la misma.

2º- La revisión periódica obligatoria de la instalación de gas butano o propano (en botella) tendrá lugar cada 5 años. Siempre revise la documentación donde figura la fecha de la última revisión para saber cuando nos toca.

3º- Existe libertad para el usuario de elegir la empresa que realice los trabajos, pero siempre será una empresa instaladora de gas autorizada por la Consejería de Industria del Gobierno de Extremadura.

4º- Antes de cualquier actuación en sus instalaciones, exija previamente la acreditación emitida por el Gobierno de Extremadura a la empresa y el Carnet Profesional de Instalador Autorizado de Gas a la persona que le realice la revisión.

5º- Ya que los precios de esta actividad son libres, debe exigirse la confección de un presupuesto previo, obligatorio antes de la realización del trabajo a realizar; al igual que la factura con el desglose de los servicios prestados.

6º- Después de la revisión, la empresa autorizada nos entregará dos copias de un Certificado de Revisión: una para nosotros y otra para presentarla en la empresa que nos suministra el gas butano o propano.

7º- No confundir nunca un “contrato de mantenimiento” de la instalación, que no es obligatorio, con la “revisión periódica obligatoria”.

8º- En caso de duda o desconfianza, conviene no dejar pasar a nadir a nuestro domicilio hasta que tengamos total certeza de nuestra revisión y el precio que nos exigen. En caso de firmar la factura o contrato, no hay posibilidad de reclamación posterior como servicio no deseado.

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