El Ayuntamiento de Guareña publicaba este lunes las bases reguladoras para que comercios y establecimientos de hostelería se acojan a los ‘bonos descuentos’ que permitirán descontar una cantidad por cada consumición o compra realizada por la ciudadanía en los establecimientos adheridos, siempre que cumplan los requisitos establecidos en las mismas.

Podrán ser beneficiarias de esta subvención, las personas físicas, personas jurídicas que sean sociedades de responsabilidad limitada constituidas por personas físicas. También podrán acceder a ellas, entidades sin personalidad jurídica, comunidad de bienes o sociedad civil o entidades de Economía Social como cooperativas de trabajo asociado y Sociedades Limitadas Laborales, según se refleja en las bases.

Para poder concurrir a estas ayudas, habrá que cumplir una serie de requisitos, entre ellas, se deberá tener el domicilio fiscal y su actividad en nuestra localidad y la consideración de microempresa o micropymes. También, que estas consten dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en alguno de los epígrafes de las bases, y que cuenten con licencia de actividad, comunicación o autorización correspondiente.

Según se refleja en dichas bases, serán objeto de gastos subvencionabales, aquellos que se hayan producido entre el 1 de Enero y el 30 de Junio de 2021, y que sean gastos vinculados a la empresa, como seguro sobre los bienes afectos a la actividad empresarial a desarrollar o por responsabilidad civil, los gastos en suministros de energía eléctrica y comunicaciones, siempre que estén vinculados al local donde se desarrolla la actividad, los gastos en concepto de arrendamiento del local comercial, siempre que esté situado dentro del término municipal de Guareña, y sean ocupados en régimen de arrendamiento en virtud de un contrato con una duración mínima de un año y disponer de la licencia de actividad. También serán subvencionables los intereses de préstamos hipotecarios de inmuebles vinculados a la actividad empresarial.

Se subvencionará el 100% del total de los gastos subvencionables justificados y debidamente pagados, incluidos los impuestos indirectos, hasta un importe máximo individualizado por persona o entidad de 500 euros. Todas las entidades solicitantes que cumplan los requisitos serán beneficiarias del dicho importe establecido, hasta que se agote el crédito presupuestario habilitado al efecto que asciende a 24.000 euros.

Finalmente, la presentación de solicitudes se extenderá durante diez días hábiles, desde este 6 de julio en las oficinas del ayuntamiento. Para más información sobre esta campaña se podrá acudir a la Gerencia de Dinamización Comercial en el teléfono 651870564.

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