El calendario laboral para el 2020 recoge un total de catorce días festivos en nuestra localidad, de los cuales, diez, se celebrarán de forma conjunta en toda España. En concreto, serán festivos nacionales “no sustituibles” por las comunidades autónomas el 1 de enero, Año Nuevo; el 6 de enero, Epifanía del Señor; el 9 de abril, Jueves Santo; el 10 de abril, Viernes Santo; el 1 de mayo, Fiesta del Trabajo; el 15 de agosto, Asunción de la Virgen; el 8 de septiembre, Día de Extremadura, y el 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.

También serán fiestas laborales el día 2 de noviembre, por disfrutarse en este día el descanso laboral correspondiente al día 1 de noviembre, Todos los Santos; el 7 de diciembre, por disfrutarse en este día el descanso laboral correspondiente al día 6 de diciembre, Día de la Constitución Española; el 8 de diciembre, Inmaculada Concepción, y el día 25 de diciembre, Natividad del Señor.

Serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, con el carácter de fiestas locales, otros dos días que serán determinados por la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo, a propuesta del órgano competente de cada ayuntamiento, en el caso de Guareña, serán, como de costumbre, el 15 de mayo, festividad de San Isidro y el 14 de Septiembre, el Cristo de las Aguas, patrón de nuestra localidad.

El Consejo de Gobierno regional aprobaba este pasado martes el decreto mediante el cual se fija este calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos durante el año 2020 Extremadura. El mismo establece que serán días inhábiles en todo el ámbito regional, además de los sábados y domingos, las fiestas laborales que figuran en el calendario de días festivos de Extremadura para el próximo año.

Elaboración Propia

Recibe en tu móvil todos los contenidos relacionados con Guareña
SUSCRÍBETE A NUESTRO CANAL DE TELEGRAM

 |  Gracias por visualizar este contenido

ir a la portada de la web para ver más